viernes, 2 de julio de 2010

LA LEY DE LOS POLLOS

Por algún lado nos tenía que salir la humanidad. Sí, hombré, sí, que luego parece que los humanos no tengamos sentimientos.

No va a ser todo salvar bancos y contentar a los mercados, ¿no? De vez en cuando hay que preocuparse por los vertidos de petróleo o por los pollos. Sí, sí. Por los pollos.

Porque igual usted no ha pensado nunca en el bienestar de los pollos. Usted se los come y listo que pare eso está usted en lo alto de la cadena alimentaria. Ya, usted piensa que los pollos no son para tanto, que la explotación infantil o el paro son más importantes. 

¡Ay! ¡Menos mal que no todo el mundo piensa así! Y menos mal que existe la Unión Europea para que los pollos, al menos los europeos puedan vivir en condiciones. Porque no sé si lo sabrá usted pero la Unión Europea acaba de dictar una ley para evitar el excesivo hacinamiento de los pollos. No, el hacinamiento no. El excesivo hacinamiento.

Y es que antes lo de los pollos era un caos. Antes los pollos italianos igual tenían más derechos que los pollos alemanes y claro, era la risa. Afortunadamente alguien ha puesto orden en todo esto y ahora está todo mucho más claro: Como mucho, 33 kilos de pollo por metro cuadrado. A entre 1 y 3 kilos por pollo tenemos que, como máximo, pueden vivir entre 11 y 33 pollos por metro cuadrado. Eso si se mueren muchos. Si las condiciones de vida son buenas y se mueren pocos se pueden tener hasta 39 kilos de pollo por metro cuadrado. Claro que, bajo ciertas condiciones su pueden tener 43 kilos de pollo vivo (o casi) por metro cuadrado que tampoco hay que ser tan estricto. No me lo ivento, ¿eh?, que lo he leído aquí.


En fin, que como mucho 43 pollos por metro cuadrado. Los pollos están muy contentos. A usted igual le parece que 43 pollos en un metro cuadrado son muchos pollos pero fíjese usted que en las manifestaciones pro-vida la concentración de personas según la organización es mayor que eso y nadie se queja. De los manifestaciones pro-muerte no hay datos. Y las manifestaciones pro-pollos no existen. 

No quiero parecer insensible. Quede claro que para mí los pollos son personas como usted y como yo.

En fin. Esto es un sinsentido.
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miércoles, 30 de junio de 2010

RECLAMAR EL ABONO TRANSPORTES

He leído largo y tendido sobre la huelga de Metro que está teniendo lugar estos días en Madrid. Opiniones sobre la huelga hay para todos los gustos y aunque la mía la dejé más o menos clara en "Huelga o Vandalismo" cuando tuvo lugar la huelga de camioneros tal vez me esmere en dar mi visión sobre la huelga de Metro de Madrid cuando esté algo más sosegado y deje de barajar la cadena perpetua como castigo proporcionado para los que se saltan los servicios mínimos.

En esta caso símplemente pretendo dar información útil sobre lo que hay que hacer para reclamar la parte proporcional del abono transporte cómo o donde hay que reclamar y que derechos tienes.

Lo primero que hay que saber es que obviamente tienes derecho a reclamar. La legislación de consumo da a los títulos de transporte, incluyendo el abono transporte, título de contrato y por tanto tienes derecho a reclamar incluso daños y perjucios en caso de incumplimiento del mismo. Evidentemente la huelga salvaje del Metro de Madrid supone un incumplimiento del contrato, especialmente al no respetarse los servicios mínimos y tienes el derecho, y en mi opinión la obligación, de reclamar.

Conste que aunque tengas derecho a reclamar daños y perjuicios por la huelga de Metro es poco probable que Metro de Madrid te haga caso y te señale que acudas a los tribunales. Estaría bien que alguien lo hiciera a ver que pasa aunque, por supuesto, intuyo que el trabajo que lleva, el tiempo e incluso el dinero pueda no compensar.

Lo que sí debería tener respuesta inmediata es la devolución de la parte proporcional del título de transporte que no hayas podido utilizar, bien sea el abono transporte o un billete que hayas picado y no hayas podido usar, por ejemplo. Lo natural sería que esa cantidad se te descontase en el abono transporte del mes siguiente o que se te reintegre en efectivo en caso del billete sencillo.
Dónde reclamar la devolución del abono transportes:
  • En persona, en cualquier oficina de atención al cliente de Metro, en el Consorcio Regional de Transportes sito en "Plaza del Descubridor Diego de Ordas, 3", o ante cualquiera de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
  • Por correo ordinario a la dirección "c/ Cavanilles, 58. 28007 Madrid.
  • Por teléfono: 902 44 44 03.
  • Por fax: 91 721 29 57
  • Vía web: http://www.metromadrid.es/es/atencion_al_cliente/reclamaciones/index.html
Qué puedo reclamar por la huelga de Metro:
  • Aunque como ya he dicho podrías reclamar daños y perjucios es probable que eso desembocase en un largo y tedioso proceso judicial.
  • Puedes reclamar la devolución de la parte proporcional del abono transporte o título de transporte alternativo o el descuento en la adquisición del próximo abono. Es de cajón que para hacer esto es preferible esperar a la finalización de la huelga.
Qué necesito para reclamar:
  • Tendrás que aportar una copia del abono trasnporte o del título de transporte que quieras reclamar.
En España reclamar el algo que dejamos de hacer con demasiada frecuencia. Creo que en casos como esta huelga de Metro es muy importante reclamar en masa para que se sienta la fuerza que pueden tener los consumidores.

Desde la OCU facilitan información y coordinan este tipo de acciones exigiendo medios rápidos para la reclamación y devolución del dinero a los afectados.



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lunes, 28 de junio de 2010

UN PACIENTE SE NIEGA A SER ATENDIDO CON TAL DE NO HABLAR ESPAÑOL

Lo acabo de ver esta noticia (aunque redactada de otro modo) en "El Mundo" y me han surgido varias reflexiones al analizarla.

Me resulta curioso cómo se redactan las noticias en función de los intereses del medio de comunicación y lo fácil que hubiera sido redactarla de otra manera, como por ejemplo la que da título a este post, sin faltar a la verdad y cumpliendo estrictamente con la información que presenta la noticia original.

Si bien puede ser cierto que un paciente en Valencia está en su derecho de ser atendido en catalán, que el valenciano es un dialecto, también supongo que, siendo lenguas cooficiales, el enfermo estará en la obligación de saber hablar en español.

A partir de ahí, si un enfermo no habla en español se me ocurren tres opciones:
  1. El paciente desconoce el idioma español y no es capaz de expresarse en el mismo. En tal caso, pienso, hay que tener un poquito de morro para quejarete de que no se cumplen tus derechos mientras te saltas tus obligaciones.
  2. Conoce perfectamente el idioma español, está enfermo, y no le da la gana hablarlo. Ante la imposibilidad de ser atendido en otro idioma creo que, en tal caso, deberíamos empezar a considerar  como única opción posible que el enfermo es gilipollas.
  3. El paciente conoce el idioma español pero dado que no está realmente enfermo decide que no es necesario hablarlo. Siendo así habría que considerar que lo que realmente sufre el paciente son  unas ganas locas de tocar los cojones y habría que empezar seriamente a pensar en cobrar por la utilización de la sanidad pública.
Desde aquí quería solidarizarme con el médico y expresar mi absoluta coincidencia con su afirmación: "¡Estoy harto de gilipolleces!".



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viernes, 18 de junio de 2010

EXPLICACIÓN DE LA REFORMA LABORAL

Antes de ayer el gobierno de Jose Luis Rodriguez Zapatero presentó la reforma laboral. Muy esperada, por cierto, aunque no entiendo por qué.

El caso es que he podido observar en mi entorno que la nueva reforma laboral suscita muchas dudas y preguntas: ¿me afecta la reforma laboral? ¿es más barato que me despidan con la nueva reforma? ¿cuándo entra en vigor la reforma laboral?

Dejando al lado mi opinión (esta reforma laboral es una mierda, no sirve, como ya dije, para crear empleo e incluso el ministro que la ha creado y de cuya inteligencia es lícito dudar piensa lo mismo) voy a intentar hacer una breve exposición de la reforma laboral para que todo el mundo pueda entenderla.
Hay que saber, eso sí, que aunque la reforma se haya hecho por decreto todavía ha de pasar por un tramite parlamentario en el que podría sufrir cambios.

¿Cuándo entre en vigor la reforma laboral? Bien, como viene siendo habitual, no se sabe. Por lo que he podido entender, ya, puesto que se trata de un real decreto. Ahora bien, dado que se va a tramitar posteriormente como un proyecto de ley debería ser en éste donde se dejara especificado cuales de las condiciones de la reforma son válidas desde la publicación del decreto y cuales no. Esto es lo que he podido entender teniendo en cuenta que no soy jurista (si alguien lo es que me corrija). Me lo creo básicamente porque cuadra bastante bien con la filosofía de este gobierno. Vamos que hasta después de verano no sabremos si la reforma laboral está ya en vigor o no. Delirante, ¿verdad?

¿Me afecta la reforma laboral? Bueno, no sé si te afectará ahora pero lo que es seguro es que tarde o temprano lo hará. La reforma laboral no afecta a los contratos que ya se han firmado, es decir, no tiene caracter retroactivo. Si ya tenías un contrato indefinido ordinario no te afecta. El despido improcedente se seguirá pagando a 45 días por año trabajado. 
Si te contratan a partir de ahora es bastante probable que tu nueva indemnización sea de 33 días por año trabajado. No es que desaparezca el contrato indefinido ordinario sino que ahora hay más casos en los que te pueden contratar con un contrato para el fomento del empleo estable. De hecho sólo te libras si mides más de metro noventa, pectorales de hierro y un pene muy pequeño de color azul.

¿Cómo afecta la reforma laboral a los contratos temporales? Bueno, no todo iba a ser malo. Tenemos una noticia buena y una mala. La buena es que la indemnización por despido en los contratos temporales pasará a ser de 12 día por año trabajado desde los 8 actuales. La mala es que esto sólo sucederá a partir de 2015.
Además, la reforma amplía el plazo para los contratos por Obra y Servicio a 4 años.
Por otro lado, cualquier trabajador temporal pasará a tener contrato indefinido (vete a saber de qué tipo) tras dos años si ha estado con dos o más contratos en el mismo puesto "o diferente" y en la misma empresa "o grupo de empresas".

¿Qué hay sobre el despido objetivo en la nueva reforma laboral? En realidad todo lo dicho hasta ahora sobre despido de 33 y 45 días puede no servir para nada. La reforma laboral admite el despido objetivo por razones económicas. ¿Qué significa "razones económicas"? Que si la empresa pasa por dificultades económicas puede despedirte pagándote 20 días por año trabajado. ¿Si no tien usted la culpa? Puede comentarlo con sus pareja que seguro que le importa más que al gobierno. ¿Cuáles son los requisitos para alegar despido objetivo por razones económicas? Los que a la empresa le dé la gana. Ya decidirá el juez quien tiene razón. Sí, como puede ver en esta reforma laboral todo son seguridades.

¿Quién paga el despido? El despido lo paga lo sigue pagando la empresa  ayudada por el gobierno. (NOTA: esto en realidad es erróneo. El despido lo paga siempre el trabajador renunciando a parte de su sueldo por esa compensación pero como se suele admitir que lo paga la empresa dejémoslo así). El gobierno ayuda un poco más a las empresas a despedir trabajadores porque como ya hemos podido deducir de las palabras del ministro de trabajo despedir es la mejor manera de evitar que se despida. En fin, que el gobierno, a través de FOGASA (Fondo de garantía salarial) va a costear 8 días por año de cualquier tipo de despido. El dinero de FOGASA sale de aportaciones de las empresas no de los impuestos. O sea que no es dinero público.

¿Hay algo bueno en la reforma laboral? Bueno, lo bueno y lo malo es subjetivo. En mi opinión todo lo anterior era malo. Sin embargo, esta reforma laboral admite la posibilidad de la redución de horas de trabajo sobre la base de la jornada diaria, semanal, mensual o anual de entre un 10 y un 70%. Esto quiere decir que la reducción puede repartirse como se quiera en horas, días, etc.
Mientras se lleve a cabo esta reducción el empleado podrá cobrar el paro por las horas, días, etc. que no esté trabajando.
Este aspecto de la reforma laboral quizá sí que ayude a frenar los despidos.

Creo que nada o poco más se puede explicar sobre la reforma laboral. Espero que esta explicación te hay servido de ayuda.

 Viñeta de Forges sobre la reforma laboral

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miércoles, 16 de junio de 2010

APOLOGÍA DE LA NEGACIÓN

María Dolores de Cospedal: "No llevaba un pañuelo palestino".

María Dolores de Cospedal luciendo un pañuelo...

Conste que no sabría decir si lo que llevaba María Dolores de Cospedal es exactamente un pañuelo palestino o no.

En cualquier caso carece de importancia porque yo no he escrito esto.

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